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Máximo Kinast Avilés

VIERA GALLO Y LA MINUTA SOBRE EL INSTITUTO DE DD.HH.

Escribe el Dr. Germán Westphal

Ayer recibimos una consulta desde la oficina del Ministro Secretario General de la Presidencia, José Antonio Viera Gallo.

 

El hombre quería saber quiénes eran los autores "de la minuta sobre las modificaciones al texto de la ley que crea el Instituto de Derechos Humanos".

 

Intrigado estaba el hombre...

 

Las ideas expresadas en la minuta no eran el tema de la consulta... Lo importante era saber quién era el autor, cuyo nombre no habíamos divulgado pues la minuta era un simple borrador tipeado en el apuro de sacarlo adelante, sin mucha atención a la forma, sólo enfatizando el contenido, como es el caso de todo borrador.

 

Sin embargo, las ideas estaban ahí. Nosotros parchamos un poco la forma del documento y se lo tiramos por la cabeza a los Viera Gallos y los Viera Gallos quedaron intrigados y querían saber quiénes podían ser los autores de tanto cuestionamiento a sus gestiones de "alta política de Estado..." que les había permitido transar con la derecha en la oposición el dolor y sufrimiento de las víctimas de la dictadura a cambio de un Instituto de DD.HH. de mierda cuya única función era contribuir a la impunidad criminal en Chile.

 

¿Y todo para qué?

 

Para que la señora Presidenta de la República pudiera presentarle al país el gran logro de que la ley que creaba el Instituto de DD.HH. permitía también la reapertura de las Comisiones Rettig y Valech, sin decir --por supuesto-- absolutamente nada sobre el inmenso costo que ello implicaba en términos de impunidad para los criminales...

 

Si en la historia de los gobiernos de post-dictadura hay una movida política de inmoralidad extrema, es precisamente ésta, sólo comparable en repugnancia a las movidas para rescatar al innombrable de "las garras" de la justicia internacional implementada por los Insulzas y Valdeses del gobierno de Frei el Mísero. Con todo y por mucho que nos disguste, hay que reconocer que esta última movida fue hecha y lograda con elegancia, con mentiras y falsedades, pero elegantemente construidas. La movida de Viera Gallo, aunque tanto o más repugnante, tiene --sin embargo-- la burda marca de la política de baja estofa, del "ave de mala ralea que ensucia su propio nido".

 

Y aunque a estas alturas ya nada de lo que haga La Moneda resulta sorprendente, no deja de ser triste que todo lo señalado ocurra precisamente en el gobierno de "la primera presidenta mujer", una mujer que dice que una vez que termine su mandato va a escribir un libro titulado "¡No a la impunidad!" y a quien la Universidad de Sienna y el Gobierno de Italia han decidido otorgarle un "Laurea Ad Honorem" por "su compromiso politico en defensa de la democrazia y de todos los derechos humanos"... Tal vez un anticipo por el libro que dice que va a escribir porque de defensa de la democracia y los derechos humanos sólo le conococemos unas pocas palabras desde que en un de repente, su padrino político --don Laguín-- catapultó su imagen de presidenciable debidamente envuelta en hermoso papel de regalo que la mayoría ciudadana que la eligió "primera presidenta mujer de Chile" terminó por comprar sin revisar el contenido del paquete.

 

Sin embargo, ¡aquí hay algo más! ¡Aquí hay gato encerrado! ¿Es que Viera Gallo se manda solo para hacer y deshacer respecto a un proyecto de ley tan importante como el que crea el Instituto de DD.HH.? ¿O es que hizo lo que hizo porque la Presidenta le dio carta blanca para hacer y deshacer? ¿O es que la Presidenta no tiene idea de lo que hace o deshace su Ministro Secretario? ¿O es que los Viera Gallos la mantienen en el más absoluto limbo, como simple figura decorativa?

 

Todas estas preguntas y muchas más son perfectamente legítimas ante el desarrollo de los hechos denunciados, pero las respuestas sólo las conocen los Viera Gallos y la Presidenta, si es que ésta está enterada...

 

Ya veremos lo que nos dicen los acontecimientos que se seguirán a este sucio, burdo y deleznable episodio del Instituto de DD.HH., pero sobre todo lo sabremos por "las explicaciones", si es que las hay...

 

En cuanto al autor de la la minuta que intrigaba a los Viera Gallos, queremos expresar nuestro más sincero agradecimiento y reconocimiento a nuestro amigo y compañero Hiram Villagra por la elaboración de tal minuta, la cual nos permitió poner en evidencia de manera pública e incontrastable la inmoralidad política de José Antonio Viera Gallo, Ministro Secretario de la Presidenta Michelle Bachelet, sea cual sea el liderazgo (o ausencia del mismo) que ella tuvo en el asunto.

 

Germán F. Westphal

RUN: 4.645.308-5

 

P.S. A continuación incluimos la consulta que recibimos de la oficinadel susodicho Ministro Secretario y la respuesta que le dimos:

 

From: "Fernando Donoso" <fdonoso@minsegpres.gov.cl>

Date: September 12, 2007 12:18:03 PM EDT

To: Germán F. Westphal <westphal@umbc.edu>

Subject: Consulta Germán:

 

Leo con mucho interés la información que envías. Tengo una consulta acerca de la minuta sobre las modificaciones al texto de la ley que crea el Instituto de Derechos Humanos. ¿Quiénes son sus autores?

 

Agradezco tu atención.

Saludos.

 

Fernando Donoso

Asesor de Prensa

Ministro Secretario General de la Presidencia

6904218

91923578

 

La respuesta está en el documento adjunto, elaborado por la Coordinadora de Organizaciones de ex PP.PP, "La bajada de pantalones de Viera Gallo", la cual aprovecho de distribuir a otros interesados. Muchas gracias por la consulta,

 

Germán F. Westphal

 

 

From: Coordinadora Organizaciones ex PP <coordinaexpp@yahoo.es>

Date: September 12, 2007 12:51:45 PM EDT

Subject: La bajada de pantalones de Vieragallo


Reformas Introducidas al PROYECTO QUE CREA EL INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS por el espureo acuerdo establecido entre el ministro secretario de la presidencia y dos senadores udi:

(Texto redactado en base a Informe elaborado por el abogado Hiram Villagra)

 

A las organizaciones de ex presas y ex presos políticos, nos llama poderosamente la atención, como una iniciativa que fue madurando lentamente, que surgió como una aspiración de los activistas por los derechos humanos, que fue transformada en Proyecto de Ley por asesores del Gobierno que conocen el tema, que fue estudiada por variadas comisiones del Congreso; entre Vieras gallo y medianoche... es modificada, cercenada, desmantelada por tres personajes que no se distinguen precisamente por su valoración de los Derechos Humanos. Diputados y senadores miraran impávidos, como se los pasan por el aro?

 

No aceptamos que den como excusa, que debió negociarse para permitir la reapertura de los registros de víctimas del terrorismo de Estado; los ex PP hemos señalado enfáticamente que no nos prestaremos a ninguna maniobra pro-impunidad; y esta nueva versión del INDH, es claramente una de ellas.

 

Las reformas acordadas por la “comisión ad hoc”, compuesta por Viera Gallo- Chadwick- Espina y trasladada a la comisión de Constitución de Legislación y Justicia en el Senado, representan un significativo retroceso en relación al texto preexistente, que ya tenía graves limitaciones.

 

Revisemos estos cambios:

 

En el artículo 1º, introduce la dependencia del IDH para con el Ministerio de Justicia, lo que implica un detrimento de su autonomía, según lo recomiendan los principios de París, y se lo hizo notar previamente al Senado la Alta Comisionado de DH de las Naciones Unidas.

 

Luego, elimina a los organismos del Sistema Internacional de DDHH -órganos especializados de la ONU, OEA, etc.- del listado de destinatarios del Informe Anual de revisión que debe generar el IDH, como parte de su actuación. Esta restricción no se condice con la obligación de informar periódicamente a dicho órganos que contempla la mayoría de los pactos e instrumentos de ddhh y se cierra a la fiscalización internacional como herramienta para promover la vigencia de los mismos.

 

En un giro semántico, reemplaza la expresión Gobierno y órganos públicos por Gobiernos y órganos de la administración del Estado como los destinatarios de las comunicaciones relativas a dar cuenta de situaciones que afectan a los ddhh; con esto restringe el tema a la órbita del ejecutivo evitando que extienden comunicación a los Tribunales, Comisiones del Congreso, FF.AA o policiales, u otros órganos públicos ajenos a la administración del estado.

 

Reemplaza sibilinamente el concepto de situaciones prácticas o actuaciones que infrinjan o sean contrarias a los DDHH” por el de situaciones relativas a los derechos humanos mitigando el carácter contravencional de lo que es objeto de vigilancia.

 

Elimina la facultad de hacer presente todo acto que importara discriminación arbitraria, con esto restringe las facultades del Instituto para vigilar la vigencia de derecho fundamentales de nuevo tipo en la sociedad civil, siendo un golpe a los movimiento de mujeres, pueblo originarios y minorías de todo tipo.

 

En otro giro lingüístico, reemplaza la expresión instrumentos y principios internacionales de derechos humanos por la de Tratados internacionales en materia de derechos humanos, en lo que respecta a la obligación de promover la armonización entre la normativa interna y los contenidos de DDHH del sistema internacional, restringiendo nueva y gravemente el alcance operativo de dichos acuerdos.

 

Elimina el numeral 6 del art. 4° original que los facultaba a promover la aprobación, suscripción y ratificación de instrumentos internacionales de DDHH. Con esto se impide que el IDH tenga un rol motor en la incorporación plena de Chile al Sistema internacional de DDHH.

 

Elimina el numeral 7 del art.4° original que los facultaba a deducir querella y ejercer acciones legales respecto de hechos que sean constitutivos de crimen, de genocidio, lesa humanidad, guerra y crímenes internacionales, lo que importa una de las mas graves amputaciones a su rol en la defensa de los DDHH y que desnaturaliza su carácter como herramienta en el cumplimiento de la obligación de persecución y castigo de los crímenes en contra de los DDHH.

 

En el artículo 4° numeral original (actual 5), el acuerdo de esta espúrea comisión ad hoc elimina el párrafo que le facultaba hacerse parte o coadyuvar en los procesos criminales relacionados con la determinación del paradero de los DD reduciendo su función a recopilar, analizar y sistematizar información útil y proponer medidas reparatorias, en complemento con el punto anteriormente señalado.

 

Ambas normas cercenan derechamente la mano al Estado en materia de persecución de estos delitos y contravienen las recomendaciones internacionales de perseguir estatalmente a los violadores de ddhh. Esto es una infracción a obligaciones e imperativos a los que está sujeto nuestro país.

 

En el artículo 5°, elimina la facultad de recibir testimonios directos en el acopio de información relativa a hechos de su competencia, restringiendo su rol a la mera recabación de documentos generados por otros órganos del Estado.

 

En el mismo artículo 5°, inciso segundo, el acuerdo de la comisión ad hoc restringe a Director y Consejeros del IDH la facultad de ingresar a recintos donde puedan estar personas privadas de libertad. En el texto original permitía que además ingresara personal del instituto (abogados y otros) reforzando este rol de vigilancia. Como este organismo se establece en Santiago, las regiones quedan en el más absoluto abandono.

 

Elimina el artículo 6 original que le permitía emitir opinión sobre doctrinas judiciales que afectaran obligaciones contenidas en legislación de DDHH nacional o internacional. Con esto se inhibe el rol del IDH frente a la Justicia y en un tema particularmente sensible puesto que, todas las condenas de Chile en el sistema internacional de DD.HH. han sido por resoluciones judiciales.

 

Modifica la composición del consejo, subiendo de uno a dos los consejeros elegidos por cada una de las cámaras. Esta norma parece dirigida a permitir que la derecha, minoritaria en cada una de las Cámaras, instale un tercer y cuarto consejero de designación parlamentaria en el IDH.

 

Introduce artículo nuevo que reglamenta la remoción de los consejeros radicándolo en el pleno de la Corte Suprema a requerimiento exclusivo del Presidente de la República, Cámara de Diputados o 10 de sus miembros.

 

En el artículo 11° relativo al Consejo Consultivo Nacional que representa a organismos sociales y académicos vinculado a la Promoción de DDHH de la sociedad civil - el acuerdo de la comisión ad hoc reemplaza las asesorías que le debe prestar al consejo nacional en materia de competencia de esas organizaciones por asesorías en materias que el Consejo estime convenientes, es decir, sólo serán escuchados cuando el Consejo lo estime pertinente. (eventualmente nunca). La UDI y Viera Gallo saben que el control social es el segundo gran medio de fiscalización y protección de los principios de promoción y defensa de los DDHH.

 

En el artículo 12 el acuerdo de la comisión ad hoc limita a un máximo de 30 funcionarios la dotación de personal del Instituto DH, este límite hace imposible por ejemplo, su regionalización (o alcance de articulación con las regiones del país).

 

En el artículo 16, eleva el quórum para otorgar el premio de DDHH a dos tercios de simple mayoría, lo que permitiría dar poder de veto a la Derecha.

 

En el artículo 3° transitorio letra b, el acuerdo de la comisión permite que la comisión especial de reapertura Rettig – Valech extienda los beneficios a personas afectadas por acciones de resistencia al régimen militar, llamándolas “actos de particulares cometidas con pretextos políticos”.

 

La UDI, con el apoyo de Viera Gallo, trata de torcer la doctrina internacional respecto a que la violación de derechos humanos solo existe cuando son responsables funcionarios estatales; las faltas crímenes o delitos, cometidas contra las personas, por otros particulares, son sancionadas por la legislación civil o penal vigente en todos los países. Esta iniciativa claramente apunta a desnaturalizar el rol reparatorio del Estado, por acciones perpetradas por sus funcionarios y a ocultar la magnitud del terrorismo de Estado que asolo al país.

 

Como guinda de la torta, dispone que los archivos del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior pase al IDH, norma que tiene sentido si éste continuara la actividad judicial de persecución de crímenes contra los DD HH que ejerce el Programa; pero que en el nuevo contexto es solo una forma mas de ocultamiento de evidencias –del mismo tipo que establece los 50 años de ocultamiento de los testimonios de las víctimas que prestaron declaración ante la CNPPyT- que apunta a la IMPUNIDAD.

 

 

Integran la coordinadora: Agrupacion ExPP de Copiapó, Agrupacion ExPP V Región, Coordinadora ExPP Santiago, Coordinadora de ExPP de Chillan, Coordinadora ExPP de Concepción, Agrupacion ExPP IX Región, Coordinadora Expp de Osorno, Agrupacion ExPP Salvador Allende de Puerto Montt.

NOTA DE MÁXIMO KINAST: Dr. Westphal. es natural que Viera Gallo quiera saber quien es el autor, para tomar represalias. Por suerte ya no desaparecen a las personas en Chile. ¿O todavía lo hacen? Al inverecundo Viera Gallo le viene por familia, ya que su tio abuelo o su abuelo fue el Secretario de la Intendencia de Tarapacá que promovió la masacre de la Escuela Santa María de Iquique, hace hoy 98 años, nueve meses y seis días, que no perdonamos ni olvidamos.

 

1 comentario

Anónimo -

esque estoy buscando palabras compuestas.