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Máximo Kinast Avilés

LOS PRIVILEGIADOS

LOS PRIVILEGIADOS Máximo Kinast – 28/01/2006

La Constitución Política de Chile, amañada por el delincuente habitual y prontuariado Augusto Pinochet Ugarte en 1980, fue maquillada y ligeramente modificada por su sucesor en la administración y privatización de los bienes de todos los chilenos, don Ricardo Escobar Lagos, con fecha 17 de septiembre de 2005, o sea, hace muy pocos días. A pesar de su origen espurio y de su clara finalidad de proteger a los genocidas de las Fuerzas Armadas de Chile, esa Constitución, que es la Ley Suprema de todos los chilenos, no pudo evitar recoger algunas disposiciones decentes que provenían de la Constitución Política de 1833 y de su más importante modificación, conocida como la Constitución de 1925.

Es así como el artículo 19 de la del año 80 recoge los derechos de los ciudadanos que se especificaban en el décimo de la de 1925. Claro que todo ello es letra muerta, o por decirlo en los términos en que Ricardo Lagos y yo, entre otros muchos aprendimos en la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile, sólo se trata de ’’disposiciones programáticas incumplidas’’. En buen chileno –que todavía recuerdo- puro bla bla, o sea, chamuyo.

Si no fuese como digo, entonces como se explica la existencia de clases privilegiadas en Chile. ¿Por qué hay chilenos sin derecho a voto? ¿Cuántas clases de chilenos hay, a pesar de la letra de la Constitución? ¿Tienen los mismos derechos que los blancos, los pueblos aymaras, quechuas, mapuches, diaguitas y tantos otros que pueblan el territorio nacional? ¿Son iguales los derechos para los que viven arriba del Canal San Carlos, en Santiago, que para los que viven más abajo? ¿Y tenemos algún derecho los chilenos que vivimos en el extranjero?

Es insólito, pero para entrar en Chile me aplican la Ley de Extranjería y me obligan a declarar a que voy y donde me alojaré y si llevo no se que cosas que no debo llevar o si no las llevo. Pero no es eso lo más grave. Si viajo en autobús de una provincia a otra debo dejar mi documento de identidad al conductor del bus para que lo presente a la Policía. Claro que los que viajan en automóvil o en avión no han de cumplir con esta exigencia, porque son chilenos privilegiados, de esos que tienen plata o  ’’pitutos’’ que yo no tengo y no quiero tener.

Pero no vaya a pensar usted, amable lectora o lector, que eso es el colmo. No, por cierto. Lo que raya en lo incomprensible es como se burla el citado artículo 19, en su punto 7 sobre ’’el derecho a la libertad personal y a la seguridad individual’’ en su letra d), que dice textualmente: ’’Nadie puede ser arrestado o detenido, sujeto a prisión preventiva o preso, sino en su casa o en lugares públicos destinados a este objeto’’. Por definición los lugares públicos a que hace referencia la Constitución son las cárceles. O sea que cualquier ciudadano sólo puede estar detenido en su casa o en una cárcel pública.

Pero en Chile, usted ya sabe, se dice que la ley es igual para todos, porque todos somos iguales ante la ley, pero como dijo George Orwell, hay ciudadanos que son más iguales que los otros. Así sucede con el conocido genocida y prófugo de la justicia peruana, el ciudadano japonés Alberto Fujimori, que tiene departamento con  jardín propio en la Escuela de Gendarmería, que no es una cárcel pública. Lo mismo ocurre con Lucía Pinochet Hiriart, la hija del Genocida Vitalicio*, prófuga de la justicia chilena, que hará compañía al japonés en las dependencias de la Escuela de Gendarmería, porque todavía hay diferencias en Chile y privilegios para los mismos de siempre.

A pesar de todo algo se va logrando en nuestra lucha por una justicia justa: EL clan Pinochet, como Al Capone en su época, ha caído por evasión de impuestos. Y existe la remota posibilidad de que vayan todos a algún lugar privilegiado de detención, porque a una cárcel pública, que es donde constitucionalmente les corresponde estar, no estarán. Y el tiempo me dará la razón. * Otro de los muchos alias de Augusto Ugarte.

 

 

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