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CASO RELIMA - COMUNICORE INFORMA 'BAJO LA LUPA'

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BAJO LA LUPA les presenta los documentos completos de la Comisión Especial Investigadora para el caso RELIMA-COMUNICORE.

El informe final muestra con hechos probados uno de los casos mas conocidos de corrupción durante la gestión de Luis Castaeñada Lossio.

Pensamos a partir de la información publicada anteriormente, que no es ni el único ni el más grave caso de un sistema de corrupción que ha establecido en el Perú, y contra el que debemos luchar todos los ciudadanos. Las conclusiones son claras: "El pago, al contado y en menos de 6 semanas, de 35 millones de nuevos soles a R

ELIMA-COMUNICORE –a pesar de haber existido la posibilidad de cancelar la deuda en 10 años- y la renovación del contrato de concesión del servicio de limpieza a RELIMA sin procurar el equilibrio financiero que manda la Ley, y a pesar de existir razones para resolverlo, son dos aspectos de una misma operación que devino en perjudicial a los intereses de la Municipalidad Metropolitana de Lima". El pago efectuado a RELIMA-COMUNICORE fue realizado de manera ilegal y no generaron ningún ahorro a la Municipalidad Metropolitana de Lima - como argumentaba con mentiras el señor Castañeda Lossio. En las relaciones mismas con RELIMA y COMUNICORE se privilegió los intereses privados en desmedro del interés público, debilitando la institucionalidad municipal. Señalan igualmente en su conclusión N° 7 que "Existen indicios razonables que permiten concluir que el Alcalde Metropolitano de Lima tendría responsabilidad en la consumación de la operación señalada en la Primera Conclusión".

Este informe preparado por la comisión presidida por Marisa Glave, es muy importante porque abre un periodo donde debe INVESTIGARSE, SANCIONARSE y CORTARSE los sistemas de corrupción que se ha establecido en el Estado en todos sus niveles.

No solo por razones morales sino porque de otra manera no será posible avanzar hacia cambios efectivos y sostenibles para construir un Perú democrático y justo.

La corrupción no es solo dinero sino millones de peruanos condenados a vivir en la miseria, mientras algunos delincuentes capturan el Estado y el gobierno para beneficiarse.

Finalmente es importante señalar en esta presentación de parte de BAJO LA LUPA, que la corrupción no es una característica incluida o negada de ninguna posición o ideología política de por si. No importa si se tienen opiniones liberales o conservadoras, de derecha o de izquierda, o cualquier otra. LA CORRUPCIÓN ES CORRUPCIÓN Y HAY QUE COMBATIRLA.

Nelson F. Nuñez
Editor general
GRUPO BAJO LA LUPA


 

Documentos completos (En formato PDF)



CONCLUSIONES DEL INFORME (descargue el informe completo)

Primera.- El pago, al contado y en menos de 6 semanas, de 35 millones de nuevos soles a RELIMA-COMUNICORE –a pesar de haber existido la posibilidad de cancelar la deuda en 10 años- y la renovación del contrato de concesión del servicio de limpieza a RELIMA sin procurar el equilibrio financiero que manda la Ley, y a pesar de existir razones para resolverlo, son dos aspectos de una misma operación que devino en perjudicial a los intereses de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Algunos de los hechos que sostienen esta conclusión son los siguientes:

 

  • Tanto el procedimiento de pago al contado a RELIMA-COMUNICORE como el procedimiento de renovación del contrato a RELIMA, se inician con la manifestación de voluntad de la Administración Municipal en la primera semana de enero 2005 (los días 5 y 7) 180 sin que existiese requerimiento previo de RELIMA.
  • El 29 de marzo de 2005 la Gerencia de Finanzas propone a RELIMA el monto Y plazo para el pago de la deuda. Ese mismo día, el Gerente Municipal pide a RELIMA que emita una nueva propuesta para la renovación del contrato de concesión.
  • En el mes de julio de 2005 la Municipalidad Metropolitana de Lima y RELIMA acuerdan que el monto de la deuda es de 35 millones de nuevos soles condonándose los 10 millones en intereses generados con anterioridad. Ese mismo mes, en la semana siguiente, la administración municipal tramita e ingresa el expediente de renovación del contrato de RELIMA a las Comisiones Metropolitanas.
  • En el mes de marzo de 2010 el Alcalde Metropolitano Luis Castañeda Lossio señaló ante el Congreso de la república lo siguiente:
  • "RELIMA, en las negociaciones que ha tenido con la municipalidad, ha dejado de percibir 70 millones. Los 14 millones [...] por menor pago de [...] laudo [...]. Y por la renegociación o renovación del contrato, 56 millones. Entonces eso significa 70 millones a favor de la municipalidad de Lima."

Segunda.- El pago efectuado a RELIMA-COMUNICORE, por concepto de ejecución del laudo arbitral, fue realizado de manera ilegal, incumpliendo la Ley 28411, Ley del Sistema Nacional del presupuesto Público, y la Ley 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en vista que:

 

  • Se realizó una reestructuración sobrevaluada en 21 millones de nuevos soles que se hizo pasar como "saldo", como se demuestra en el cuadro siguiente:

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  • Los 21 millones sobrevaluados, mediante un proceso de encubrimiento, se hicieron pasar como recursos propios y así fueron presentados por el Alcalde Castañeda ante el Congreso de la República.181
  • Los 21 millones sobrevaluados, al no ser destinados a la reestructuración, generaron un perjuicio económico por costos financieros ascendientes a 1.8 millones de nuevos soles.
  • No se contó previamente con el marco presupuestal correspondiente.
  • No se siguieron los procedimientos relacionados a la ejecución presupuestaria de gastos (compromiso y devengado).

Entre las coincidencias señaladas en este informe cabe resaltar las siguientes:

  • El mismo día (13 de septiembre de 2005) en que el Gerente de Finanzas, Sr. Juan Blest, tramita la reestructuración sobrevaluada en 21 millones ante las comisiones metropolitanas del Concejo, se hace expresa por parte de RELIMA, en comunicación a la MML, la posibilidad de ceder los derechos de cobro a terceras personas, lo que constituye un indicio de que la Administración Municipal habría conocido la intervención de un tercer actor: COMUNICORE.
  • El 27 de diciembre de 2005, simultáneamente, RELIMA y COMUNICORE comunican a la Administración Municipal la venta de la deuda. Ese mismo día, coincidentemente, el Alcalde Castañeda Lossio pide licencia al Concejo Metropolitano del 28 de diciembre de 2005 al 8 de enero de 2006. También ese mismo día, el Alcalde Castañeda Lossio encarga al Sr. Blest la Gerencia Municipal hasta el 2 de enero de 2006, que coincidentemente es la fecha hasta la cual se realizan los trámites que hacen posible el pago a COMUNICORE.
  • El 29 de diciembre de 2005, el Teniente Alcalde Marco Antonio Parra delega nuevamente al Sr. Juan Blest atribuciones que ya le habían sido delegadas y que estaban aún vigentes confirmando su conocimiento de los hechos.
  • Este pago ilegal se intenta regularizar en marzo de 2006, mediante un Acuerdo de Concejo que autorizó el re-direccionamiento de recursos provenientes de la reestructuración de la deuda, dos meses después del pago efectuado a RELIMA-COMUNICORE; y en junio de 2006, mediante un Acuerdo de Concejo se autorizó las modificaciones presupuestarias. Ambos acontecimientos con posterioridad de los hechos narrados en este informe.
  • Parte de los fondos obtenidos por la restructuración sobrevaluada de la deuda, que permitieron pagar a COMUNICORE, fueron cancelados mediante una nueva operación de reestructuración de deuda, siguiendo el mismo modo de operación,

Tercera.- El pago ilegal a RELIMA-COMUNICORE, hecho de manera acelerada y sin seguir los procedimientos regulares antes descritos, no generaron ningún ahorro a la MML.

 

  • Como ha quedado demostrado en el Informe, se acordó en Julio del 2005, en las negociaciones con RELIMA, antes de la cesión de derechos a COMUNICORE, que el pago por concepto de Laudo Arbitral sería de 35 millones, condonándose expresamente los 10 millones de intereses acumulados.
  • Como ha quedado demostrado en este Informe, los acuerdos alcanzados entre RELIMA y la MML en el proceso de negociación de la deuda, la tasa de interés acordada para el pago a diez años fue de 2.5%. La tasa de interés a la que accedió la MML por concepto de reestructuración de deuda con la que se pagó a RELIMA-COMUNICORE fue de 7.9%.
  • Asimismo, la Contraloría General de la República en la síntesis del Informe Especial N°482-2010-CG/ORLC-EE, señala: "que la operación del prepago de la MML a COMUNICORE, entre enero y febrero del 2006, ocasionó que la entidad edil asuma un mayor costo a valor presente de S/. 4 794 258, 98...".

Cuarta.- La renovación a RELIMA, del contrato de concesión del servicio de limpieza pública del Cercado de Lima, fue irregular dado que la Administración Municipal (en coordinación con RELIMA y COMUNICORE) privilegió los intereses privados en desmedro del interés público, y renunció a las atribuciones y garantías que legítimamente le correspondían a la Municipalidad metropolitana de Lima.

 La administración Municipal no verificó el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales de RELIMA, pese a que así se lo señalaron expresamente dos (2) informes del Estudio Benites, De las Casas, Forno & Ugaz, tres (3) informes escritos del área de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Metropolitana de Lima y una vez, oralmente ante la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales, el Asesor Legal de la Municipalidad. Es por ello que este contrato se renueva pese a los graves incumplimientos contractuales en los que incurrió RELIMA que se detallan a continuación:

  • Uso indebido de los rellenos sanitarios y la planta de transferencia para recibir residuos industriales tóxicos, pese a estar prohibido en el contrato de concesión.
  • Utilización de camiones, que son bienes de uso exclusivo de la concesión, para brindar servicios a terceros. Este uso irregular fue penalizado por la propia Administración Municipal en diciembre de 2010 con la suma de 28 millones de nuevos soles.
  • Inexistencia de garantías de fiel cumplimiento durante los años 2002, 2003, 2004 y 2005. Este último año es en el que se realiza la renovación del contrato y en el que no existe razón para no detectar la ausencia de esta garantía. Este incumplimiento suponía incurrir en causal de caducidad del contrato.

Estos incumplimientos demuestran que la Administración Municipal abdicó de su rol de dirección, fiscalización, supervisión y control del servicio público más importante que brinda la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Asimismo, la Administración Municipal no cumplió con el mandato legal de procurar el equilibrio financiero, ya que omitió valorar los bienes de la concesión, renunciando con ello a usarlos como elemento de negociación y permitiendo que RELIMA sí lo hiciera.

Por otro lado, la Administración Municipal no hizo ninguna evaluación económica de otras alternativas existentes en el mercado.
Lo anterior demuestra que, desde un inicio, la Administración Municipal optó abiertamente por la renovación del contrato a RELIMA, por razones que no tuvieron que ver ni con la conveniencia financiera ni con el fiel cumplimiento del contrato. Una muestra de ello es el hecho de que el mismo día 4 de agosto ocurren los siguientes acontecimientos:
  • Se aprueba la renovación del contrato en la Comisión Metropolitana de Asuntos legales pese a no haber sido incluida en la agenda. Esta sesión acaba a las 4:30 p.m.
  • Se aprueba la renovación del contrato en sesión de Concejo Metropolitano. Esta sesión se inicia a las 5:05 p.m. y acaba a las 7:20 p.m.
  • Se suscribe la renovación del contrato con RELIMA

Quinta.- Los hechos materia de investigación así como las acciones destinadas a encubrirlos, debilitaron la institucionalidad provocando que la Administración Municipal, en los hechos, renuncie al ejercicio de sus funciones.

 

Así por ejemplo:
  • La alta dirección de la gestión municipal fue ineficiente en la renovación del contrato a RELIMA, colocando a la Municipalidad en una posición desventajosa frente al concesionario, permitiendo, por ejemplo, que RELIMA utilizara los bienes de la concesión en su favor para la negociación de la renovación.
  • La inexistencia de procedimientos claros y transparentes para la supervisión y control del contrato de concesión más importante de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que facilitaron a RELIMA que incurriera en graves incumplimientos contractuales y que ocasionó que éstos no fuesen registrados (cuando menos oficialmente) por parte de la Municipalidad, lo que facilitó la renovación del contrato a RELIMA.
  • El Alcalde Castañeda Lossio, acudió al Congreso de la República a defender lo que en sus palabras fue un acto „entre privados‟, destinando para ello importantes recursos económicos.
  • La Procuraduría Pública de la Municipalidad metropolitana de Lima, abdicó de su deber de defensa de los intereses municipales y adoptó, oficialmente y sin realizar indagaciones propias, la posición de una consultoría legal externa que defiende la operación entre RELIMA y COMUNICORE y exculpa a los funcionarios involucrados. Esta conducta provocó que la Procuraduría Pública Municipal fuera excluida del proceso penal que ve el caso RELIMA-COMUNICORE.
  • La operación conjunta de pago al contado a RELIMA-COMUNICORE y de renovación a RELIMA, así como los actos destinados a encubrir tal operación, ocasionaron a la Municipalidad Metropolitana de Lima un perjuicio que pasamos a detallar:

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Sexta.- Existen indicios razonables que permiten concluir que el Alcalde Metropolitano de Lima tendría responsabilidad en la consumación de la operación señalada en la Primera Conclusión.

 Existen indicios razonables de que el Alcalde Luis Castañeda Lossio conoció los actos realizados por el Sr. Juan Blest, y otros funcionarios, destinados tanto a la determinación de la deuda a RELIMA-COMUNICORE como a su pago.

  • En agosto de 2005, el Alcalde Castañeda encarga al Sr. Blest las funciones de Director general de Finanzas, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de ese año. Esto implica que convalidó, expresamente, todas las acciones realizadas por el Sr. Blest en el periodo en el que se definió el monto de la deuda y plazo de 10 años de pago de la misma a RELIMA-COMUNICORE.
  • El 27 de diciembre de 2005, último día del año que ejerce como Alcalde, encargó al Sr. Blest como Gerente Municipal hasta el 2 de enero de 2006, es decir los últimos días del año, varios de los cuales fueron feriados (incluido el día 2). El 27 de diciembre RELIMA y COMUNICORE notificaron a la Municipalidad la venta de la deuda; asimismo, entre esa fecha y el 2 de enero se realizaron las acciones administrativas que posibilitaron el pago de manera acelerada e irregular de la deuda.
  • Existen indicios razonables de que el Alcalde Luis Castañeda Lossio conoció los actos realizados por los Srs. Asmat, y otros funcionarios, destinados a renovar de manera irregular el contrato a RELIMA.
  • El Alcalde Castañeda presidió la sesión de Concejo en la que se aprueba la renovación a RELIMA. Es decir, que conoció con antelación la agenda y los dictámenes, así como los documentos sustentatorios de los mismos, que proponían la aprobación de la renovación. Como se ha visto, los informes legales internos y externos que sustentan los dictámenes antes mencionados, señalan expresamente la necesidad de que la Administración Municipal evalúe, antes de renovar el contrato, todas las obligaciones contractuales del concesionario.
  • El Alcalde Castañeda, contraviniendo los mandatos legales, no supervisó ni controló que la Administración Municipal cumpliera las recomendaciones legales.
  • En el año 2008, el Alcalde Castañeda recibió informes del órgano de control interno donde se señalaban, expresamente, los incumplimientos contractuales de RELIMA. Pese a este conocimiento, defendió la renovación a RELIMA ante el Congreso de la República el 2010. En esta sesión del Congreso el Alcalde Castañeda citó los informes emitidos por el estudio Benites, De las Casas, Forno & Ugaz, donde se señalaba expresamente la necesidad de realizar una evaluación del nivel de cumplimiento de las obligaciones contractuales.
  • Existen indicios razonables de que el Acalde Luis Castañeda Lossio conoció que tanto el pago a RELIMA-COMUNICORE como la renovación a RELIMA fueron parte de una misma operación.
  • En el mes de marzo de 2010 el Alcalde Metropolitano Luis Castañeda Lossio señaló ante el Congreso de la República lo siguiente:
    "RELIMA, en las negociaciones que ha tenido con la municipalidad, ha dejado de percibir 70 millones. Los 14 millones [...] por menor pago de [...] laudo [...]. Y por la renegociación o renovación del contrato, 56 millones. Entonces eso significa 70 millones a favor de la municipalidad de Lima."
    Existen indicios razonables de que el Sr. Marco Antonio Parra conoció los actos realizados por el Sr. Juan Blest, y otros funcionarios, destinados tanto a la determinación de la deuda a RELIMA-COMUNICORE como a su pago.
  • El 17 de octubre, Marco Parra Sánchez, en su calidad de Alcalde en ejercicio, delegó y encargó al Sr. Blest, Gerente de Finanzas, atribuciones vinculadas a pago de intereses y deudas, así como la posibilidad de realizar avances en cuentas y cualquier otro tipo de operación bancaria.
  • El 29 de diciembre de 2005, en su calidad de Alcalde en ejercicio, el Sr. Parra firma una Resolución de Alcaldía que reitera delegaciones que ya habían sido otorgadas por él mismo el 17 de octubre 2005 a la gerencia de Finanzas. Esta acción reiterada parece estar destinada a asegurar la consumación de la operación señalada en la Primera Conclusión.
En consecuencia se puede afirmar que:
  • Los integrantes de la alta dirección de la Administración Municipal, en especial el gerente municipal, el gerente de finanzas, el gerente de administración y el gerente de servicios a la ciudad, no ejercieron sus funciones, favoreciendo la consumación de hechos que tienen implicancias penales.
  • El Alcalde Metropolitano, tal como lo confirma su alocución en el Congreso de la República, conoció los dos hechos de la operación materia de esta investigación y la conexión entre ambos.
  • La consumación de la operación (el pago a RELIMA-COMUNICORE y la renovación a RELIMA), requirió necesariamente de la participación del Alcalde Metropolitano.
  • La consumación de la operación materia de esta investigación, pudo ser evitada por el Alcalde Metropolitano.
  • En consecuencia, el Alcalde Metropolitano, como máxima autoridad administrativa, no cumplió el mandato de supervisar y controlar la marcha de la Administración Municipal.

Séptima.- La supeditación de la renovación del contrato a intereses particulares evidenciados en el presente informe, impidieron a la MML incorporar, para la década posterior a dicha renovación, una nueva cultura en la limpieza pública, que implica nuevas opciones y tendencias en la prestación del servicio.

 La premura de la gestión municipal en renovar el contrato de concesión a RELIMA en las circunstancias detalladas en este informe, ha privado a la MML de utilizar, en beneficio de la ciudadanía, las nuevas tecnologías y herramientas en el manejo de los residuos sólidos, los mismos que integran la limpieza pública con la revaloración de los residuos sólidos en beneficio de la sociedad y que conllevan beneficios adicionales tales como fondos por venta de emisión reducida de CO2 y el incremento de la vida útil de los rellenos sanitarios.

Estos mecanismos implican el involucramiento de la población en general, y de la sociedad organizada en particular, en la tarea de la limpieza pública como un resultado –además de un procedimiento- a través, por ejemplo, de cambios significativos en los patrones de conducta ciudadana.

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180. El día 5 el asesor Arias Donayre informa al Director de Finanzas, Sr. Juan Blest, el monto estimado de la deuda a RELIMA; el 7, el Director Municipal Administrativo, Sr. Carlos Chávez Málaga solicita al Estudio Benites, De las Casas, Forno & Ugaz se pronuncie sobre los "mecanismos para la renovación" del contrato de concesión a RELIMA.

181. Ver Cuadro de Movimientos de Recursos de la página 21 de este informe.

 

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