Chile: AMNESTY INTERNATIONAL DENUNCIA LEY DE AMNISTIA
18 de abril de 2006
La ley de amnistía contraviene las normas internacionales de Derechos Humanos y las obligaciones de Chile
En abril de 1978, el gobierno militar encabezado por el general Augusto Pinochet, implantó una medida de amnistía mediante la promulgación del Decreto Ley Nº 2191, que prohíbe el procesamiento de individuos involucrados en ciertos actos criminales cometidos entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978.
Éste fue el periodo en el que estuvo en vigor el estado de sitio, caracterizado por violaciones sistemáticas y generalizadas de los derechos humanos, entre ellas actos de tortura, «desapariciones» y ejecuciones extrajudiciales cometidas por las fuerzas de seguridad chilenas.
Aunque la Ley de Amnistía benefició también a varios cientos de presos políticos que quedaron en libertad, Amnistía Internacional y la Comisión Internacional de Juristas consideran que esta ley constituyó, en realidad, una maniobra del gobierno militar para proteger a sus propios integrantes de la posibilidad de ser enjuiciados en el futuro por la comisión de violaciones de derechos humanos.
Los órganos de las Naciones Unidas que se encargan de la vigilancia del cumplimiento de los tratados y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han señalado que "la Ley de Amnistía" de 1978 -el Decreto Ley Nº 2191- es incompatible con la obligación internacional del Estado chileno de investigar las violaciones de derechos humanos cometidas durante el gobierno militar, poner a los presuntos responsables a disposición judicial y castigar a los perpetradores de estos crímenes.
Ya en enero de 2001, Amnistía Internacional y la Comisión Internacional de Juristas publicaron un exhaustivo informe en derecho al respecto.
El informe aborda la cuestión de la incompatibilidad de la Ley de Amnistía chilena con el derecho internacional y la obligación de los tribunales de justicia chilenos de investigar y enjuiciar a los autores de violaciones graves de los derechos humanos cometidas durante el gobierno militar, entre ellas ejecuciones extrajudiciales, «desapariciones» y actos de tortura.Amnistía Internacional considera que muchos crímenes cometidos en Chile durante el periodo de gobierno militar (1973 - 1990) siguen impunes. Conforme al derecho internacional, los actos sistemáticos y generalizados de ejecución extrajudicial, «desaparición» y tortura que tuvieron lugar en Chile durante el gobierno militar constituyen crímenes contra la humanidad.
Amnistía Internacional considera que las autoridades chilenas tienen la obligación de investigar la suerte corrida por las personas «desaparecidas», enjuiciar y castigar a quienes resulten responsables de estos crímenes -que, como crímenes de lesa humanidad, no están sujetos a ningún tipo de prescripción- y derogar la Ley de Amnistía, que es incompatible con las obligaciones internacionales del Estado chileno.
Para mas información, pónganse en contacto con la oficina de prensa de Amnistía Internacional en Santiago de Chile, al Tel 02-235-5945 Baje aquí el informe en derecho sobre la "ley de Amnistía" (pdf)
amnistia.clamnesty.org
750-0617 Providencia
Santiago – ChileTel: (56-2) 235-5945*
http://www.amnistia.cl/index_noticias.shtml?x=50167
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