ARGENTINA: A 30 AÑOS DEL GOLPE GENOCIDA
A 30 AÑOS DEL GOLPE GENOCIDA
Por Valeria y Luciana (ANRed)
Fuente: http://www.anred.org/article.php3?id_article=1355
Difundido por: http://www.lafogata.org/ 26/03/2006
La construcción de la impunidad
En marzo de 1976, parte de los argentinos asumió el golpe de Estado encabezado por Videla, Massera y Agosti como una nueva intervención en el orden legal constitucional. La sociedad parecía acostumbrarse a este tipo de accionar cada vez que las Fuerzas Armadas consideraban que el país transitaba una especie de "desgobierno". Cada dictadura legitimaba la anterior: constituían hechos naturales frente a situaciones que los militares debían "normalizar".
Desde septiembre de 1975, los jefes militares acordaron la implementación de un modelo económico neoliberal y, en consecuencia, definieron una estrategia clandestina que neutralizara y exterminara físicamente a los integrantes de las organizaciones guerrilleras, del sindicalismo combativo, de las organizaciones populares, del cristianismo de base y a los potenciales opositores.
Es decir que la represión fue sistemática y metódica. La ’guerra sucia’, los ’errores’ y los ’excesos’ no existieron. Lo que imperó fue un plan de aniquilamiento: secuestros, torturas, asesinatos, desapariciones.
Esta metodología apuntó a la impunidad no sólo en el presente sino también en el futuro. La desaparición eliminaba el cuerpo del delito y, a la vez, al testigo. Por lo tanto, no había crimen, tampoco culpable. Aquí entró la complicidad del poder judicial, ya que los jueces rechazaron los miles de habeas corpus presentados por familiares de los detenidos ilegalmente.
El documento final del golpe, del 28 de abril de 1983, estableció que sería el "juicio histórico" el que consideraría sus acciones y presentó la muerte genérica, global, innominada de los desaparecidos, sin culpable alguno.
Cabe destacar que las siguientes empresas fueron colaboracionistas del terrorismo de Estado y que, además, se beneficiaron estatizando su deuda privada:
Banco Río Banco de Italia
Banco de Galicia City Bank
Banco Francés Banco de Crédito Argentino
Banco Comercial del Norte Banco de Londres
Banco Tornquist, Banco Español
Banco de Quilmes Banco Sudameris
Banco de Crédito Rural First National Bank Boston
Deutsche Bank Banco Roberts
Banco General de Negocios Banco Shaw
Banco Superville Bank of America
Chase Manhattan Bank Acindar SA
Alianza Naviera Argentina Alto Paraná SA
Autopistas Urbanas SA Celulosa Argentina SA
Cogasco SA Propulsora Siderurgica
Ford Fiat
Mercedez Benz Establecimiento Las Marías
Grupo Clarín Ledesma Alimentaria San Luis Astilleros Alianza SA de Construcción
Continental Illinois National Bank Cemento NOA
Cía General Fabril Financiera Deere and Company
Deminex Argentina ESSO
Industrias Metalúrgicas Pescarmona La Penice SA
Loma Negra Masuh SA
Manufacturas Hanover Trust Macrosa
Pirelli Selva Oil Incorporated
Sideco Argentina Panedile Argentina, y
Petroquímica Comodoro Rivadavia, entre otras.
La democracia que protegió genocidas
La campaña política de Raúl Alfonsín, quien asumió como Presidente el 10 de diciembre de 1983, se basó en el restablecimiento del Estado de derecho y en el "juicio civil", sin fueros especiales, a quienes violaron los derechos humanos durante la dictadura militar.
Tres días después de asumir su cargo, Alfonsín dio a conocer los decretos nº 157 y nº 158. El primero ordenaba el procesamiento a distintos dirigentes de organizaciones guerrilleras; el segundo, a los comandantes de las tres primeras juntas militares. De esta forma, el gobierno radical sentó las bases de la teoría de los dos demonios al igualar responsabilidades.
Además, los decretos validaron la versión militar de las razones del golpe y su legitimación para reprimir. También denotan la voluntad de salvar a la institución armada al centrar la responsabilidad sólo en los jefes.
En febrero de 1984, el Congreso derogó la ley de autoamnistía (del 22 de septiembre de 1983), con la cual los represores pretendieron exculparse de todo cargo y evitar investigaciones penales. El radicalismo quería el autojuzgamiento militar y para este fin el Parlamento sancionó la ley de reforma del Código Militar, mediante la cual la justicia castrense podía juzgar la represión ilegal. Alfonsín "olvidó" que uno de los ejes de su campaña electoral fue precisamente el "juicio civil".
Cabe señalar que la ley incluía un artículo que permitía establecer niveles de responsabilidad entre quienes dieron órdenes y los que se excedieron. La lucha de los organismos de derechos humanos y de algunos dirigentes políticos obstaculizó la sanción de este artículo. Pero, la posterior ley de obediencia debida tiene aquí su origen.
Como las Fuerzas Armadas rechazaron el autojuzgamiento, la Cámara Federal de Apelaciones de la Capital Federal inició el Juicio a las Juntas, que se realizó entre abril y diciembre de 1985 y que estuvo presidido por el Dr. Andrés Dalessio y por el fiscal federal, Julio Strassera, asistido por Luis Moreno Ocampo.
El tribunal sentenció a Jorge Rafael Videla y a Emilio Eduardo Massera a prisión perpetua; a Robeto Viola le aplicó 17 años de prisión, 8 años a Armando Lambruschini y 3 años y 9 meses a Orlando Rubén Agosti. Los demás miembros de las Juntas no fueron condenados por considerar que las pruebas presentadas eran insuficientes.
El juicio se centró en juzgar a los militares, no como Junta, sino como comandantes: no se apuntó al poder político, sí a la división de responsabilidades. Tampoco se los castigó por el delito basal que fue el golpe en sí mismo; ni por delitos contra la Nación y el Estado, sólo contra particulares. Por otra parte, las condenas a los jefes de las Juntas, sostenida por el poder, generó la aceptación social de que el problema fueron los excesos y los métodos usados para reprimir y no la totalidad del accionar de las Fuerzas Armadas.
Por otra parte, de 8900 casos, se tuvieron en cuenta 711 por "abundancia de pruebas" y, de los 833 testigos que quisieron declarar, se convocó a 281.
Aprobación de las leyes de punto final y obediencia debida
El 31 de diciembre de 1986, el Congreso aprueba una iniciativa del gobierno oficial, la ley de punto final, que fijaba que, quienes no hubieran sido citados a declarar antes de los 60 días posteriores a la ley, quedaban fuera de posibles acciones penales.
Las Cámaras Federales de Rosario, Córdoba, Mendoza, Bahía Blanca, La Plata, Tucumán y Comodoro Rivadavia suspendieron la feria judicial del verano y se abocaron a tratar los nuevos casos por la cantidad de denuncias presentadas. Más de 300 oficiales quedaron procesados.
Frente a las numerosas citaciones, el 17 de abril de 1987, estalló una sublevación en la Escuela de Infantería de Campo de Mayo, liderada por el teniente coronel Aldo Rico, cuyo objetivo fue encontrar una salida frente a las causas penales. Durante la "Semana Santa", Alfonsín primero habló de "no aceptar extorsiones", para luego afirmar el "reconocimiento de los niveles de responsabilidad".
Finalmente, el 19 de abril, el gobierno y los representantes de los principales partidos políticos firmaron el Acta de Compromiso Democrático que estableció niveles de responsabilidad durante la dictadura: quienes a la fecha de la comisión del hecho revistaban como oficiales jefes, oficiales subalternos, suboficiales y personal de tropa no son punibles por delitos.
El 13 de mayo se envía al Congreso el proyecto de ley de obediencia debida, aprobada en junio. Si bien el método militar se configuró como una cadena vertical de mandos, los grupos operativos, por su carácter ilegal y clandestino, actuaron con autonomía. Mediante esta ley, los "grupos de tareas" quedaban exentos de responsabilidades. Entre los beneficiados se encontraban Jorge Bergés, Miguel Etchecolatz, Julio Simón (Turco Julián), Jorge Acosta y Alfredo Astiz.
Al aprobarse las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, la reacción instantánea de los Organismos de Derechos Humanos y de diversos intelectuales fue la de denunciarlas, expresando que significaban, lisa y llanamente, que los asesinos de los luchadores populares estarían libres. Los represores caminarían por la misma vereda, compartirían iguales espacios, circularían impunemente por las ciudades de la Argentina.
Por aquellos años, Osvaldo Bayer afirmaba que "El gobierno radical nos entrega un futuro de corrupción, de inmoralidad. El capitán torturador, ladrón, asesino del pasado, será el general del futuro. ¿Qué futuro moral puede tener la República con políticos que perdonan asesinos y con asesinos que continuarán usando armas y uniformes?". (1)
Asimismo, las leyes de la impunidad violaban diez artículos de la Constitución Nacional, entre ellos el que garantiza el principio de igualdad ante la ley.
Los indultos menemistas
Después del levantamiento carapintada, se sucedieron el de Monte Caseros (enero de 1988, promovido por Aldo Rico) y el de Villa Marteli (diciembre de 1988, encabezado por el coronel Mohamed Alí Seineldín). Su consecuencia fue el primer indulto anunciado en octubre de 1989 por el entonces Presidente Carlos Menem.
El listado híbrido de los 277 indultados tuvo como objetivo equilibrar las críticas políticas, ya que entre los desprocesados se encontraban militares acusados por violaciones a los derechos humanos, por la guerra de las Islas Malvinas y por las sublevaciones carapintadas y, por otra parte, algunos guerrilleros. Entre los militares indultados figuraban los tenientes generales Leopoldo Galtieri y Cristino Nicolaides y los generales de división Juan Bautista Sasiaiñ, José Montes, Andrés Ferrero, Adolfo Sigwald, Jorge Olivera Rovere, Albano Harguindeguy, Santiago Riveros, Luciano Benjamín Menéndez y Ramón Díaz Bessone.
En diciembre de 1990, Seineldín (quien estaba encarcelado) dirige la toma del Regimiento I de Patricios en Palermo. Menem anuncia el 29 de diciembre el segundo indulto, que incluyó a Jorge Rafael Videla, Emilio Eduardo Massera, Orlando Rubén Agosti, Roberto Viola, Armando Lambruschini, a Ramón Camps, Ovidio Pablo Ricchieri y a Carlos Suárez Mason; y a dirigentes de la guerrilla. Los indultos simultáneos ratificaron la teoría de los dos demonios.
Toda la posición castrense se vio fortalecida en el accionar y en las palabras de los ex presidentes democráticos. Raúl Alfonsín afirmó que "la lucha antisubversiva fue casi una guerra"; Carlos Menem sostuvo que las Fuerzas Armadas "tienen necesidad de hacer inteligencia". Ambos continuaron con la lógica económica y social del neoliberalismo impuesta en la década del ’70. Además, en definitiva, las leyes de punto final y obediencia debida y luego los indultos beneficiaron a cientos de incriminados en la represión ilegal. La justicia argentina demostró, a su vez, su dependencia del poder político.
"Si acá hubo juicio fue porque nosotros tuvimos el coraje de volver de la muerte para contar todo lo que nos hicieron. Nos hicieron describir las torturas, los gritos. Nos hicieron descubrir a nuestros torturadores y ahora los dejan libres" (2), sostenían militantes nucleados, a partir de 1984, en la Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos.
Lucía García, de la agrupación HIJOS, afirma que "en un punto la construcción de la impunidad es algo intrínseco para estas democracias. La democracia tal como esta planteada no puede hacer otra cosa, porque sino se estaría contradiciendo con sus propias bases, que tiene que ver con un funcionamiento económico y toda una lógica social en donde el Estado sigue siendo el que tiene el poder de represión. Esto es algo que se ve en la práctica de las luchas sociales".
La Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (CONADEP) también colaboró en el no-castigo: el informe Nunca más excluyó la lista de los represores. Es el horror sin sujetos causantes.
2005: la inconstitucionalidad de las leyes
El 24 de marzo de 1998 el Congreso Nacional deroga las leyes de impunidad. Luz Palmas, de la Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI), señala que "en el 98 se dictó la derogación de las leyes, pero esa resolución no tuvo ningún efecto práctico, porque la derogación implicó que las leyes no tuviesen más efecto para el futuro, pero las causas seguían cerradas. La Asociación de Ex Detenidos y Desaparecidos trató de utilizar la derogación, iniciando una causa en la que se investigaran los delitos cometidos en los Centros Clandestinos de Detención Atlético, Azopardo, Banco y Olimpo, pero no se llegó a nada".
Luego, el 6 de marzo de 2001, el juez Federal Gabriel Caballo dicta el fallo que declara la nulidad de las leyes de punto final y obediencia debida. En consonancia, la Cámara Federal confirma su inconstitucionalidad el 9 de noviembre del mismo año.
En el 2003, el Congreso Nacional dicta la ley 25779 que declara la nulidad de las leyes de la impunidad. "Ahí sí la nulidad dispuesta permitió que por aplicación de esta ley se reabran un centenar de causas en todo el país, las cuales se encontraban cerradas por el punto final y la obediencia debida. Por ejemplo, en la ciudad de Buenos Aires, la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional reabre la causa de la ESMA y la del Primer Cuerpo del Ejército en San Martín. Se reabre también la de Campo de Mayo", relata la abogada.
"Cuando la corte declara en el fallo del 15 de junio de 2005 la inconstitucionalidad de punto final y obediencia debida las causas ya estaban reabiertas, pero la importancia de la resolución radica en validar esa ley 25779 que permitió la reapertura y todo lo tramitado hasta el momento, pues muchos represores plantearon, entre otras cosas, la inconstitucionalidad de la ley 25779 que anuló el punto final y la obediencia debida".
Para Luz Palmas "lo que se necesita (ahora) es una ley del Congreso Nacional declarando la inconstitucionalidad de los decretos de los indultos, para que esa ley sea aplicada directamente por los jueces en cada causa y así dejar sin efecto los indultos. En este momento hay varios proyectos en diputados y senadores".
Acerca de la política oficial de Derechos Humanos
La declaración de la inconstitucionalidad de estas leyes es el producto de la lucha de las organizaciones de derechos humanos, sociales y políticas y no el resultado de un gobierno ni de una Corte. Tanto para Graciela Daleo, integrante de la Asociación Ex Detenidos-Desaparecidos, como para Lucía García, el fallo de la Corte no representa en absoluto el fin de la impunidad, ya que "el 70 por ciento de los militares aún está en libertad y no está siendo juzgado", tal como afirma Daleo.
En un informe de la CORREPI se señala que es necesario que "no olvidemos que Carlos Menem, autor de los indultos, tenía como funcionario de su "proyecto político" al propio Néstor Kirchner que cumplió alternativamente las funciones de Intendente de Santa Cruz y luego por dos veces Gobernador de la Provincia, al tiempo que cubría la tarea de Secretario de Acción Política del Consejo Nacional del Partido Justicialista y Presidente del Consejo Provincial de Santa Cruz.
Nada distante, como se puede ver, de la inconstitucional decisión que salvó del juzgamiento a las principales figuras de los crímenes de lesa humanidad. No se puede soslayar que las instrucciones de Kirchner en este tema (se refieren a la inconstitucionaldiad de las leyes) llegan, oportunas, cuando la interna con Eduardo Duhalde arrecia y la campaña para las elecciones de octubre (de 2005) ya está en marcha".
Por su parte, Lucía García afirma que "el poder judicial es una corporación que responde al Poder Ejecutivo con algunas diferencias coyunturales pero, en esencia, apuntan en el mismo sentido. En la historia de nuestro país no hubo un gobierno con la decisión política de condenar los crímenes de la dictadura. Este gobierno tuvo más gestos que otros, pero fueron sólo eso, gestos. El poder político no tiene interés en condenar, ni siquiera en términos democráticos, el genocidio de la dictadura". Y agrega: "Para que se termine la impunidad es necesaria la voluntad política, las leyes las hacen hombres y las deshacen los hombres. Tiene que existir necesariamente voluntad política de condenar a los genocidas. ¿Qué implica condenar a los genocidas políticamente? Implica romper con un montón de compromisos actuales y poner en discusión el papel represivo del Estado".
En este sentido, el abogado Claudio Pandolfi, especialista en derechos humanos, asevera que: "el presidente Kirchner ha construido un discurso mucho más inteligente en materia de derechos humanos que ningún otro mandatario. Como dicen algunos, Kirchner es el que mejor ha leído la crisis del 2001/2002. Por un lado, relegitima a algunos organismos del Estado, como la Corte; acompañando esa actitud, le pega al Ejército, a las Fuerza Armadas. Pero, por otro lado, desvaloriza la protesta social con la frase "hacen política", similar a la de la década del 70. Se criminaliza a aquellos que cuestionan este modelo y a su vez se construye un proceso judicial frente a la protesta social".
Asimismo, esta política de doble discurso trastocó la visión crítica de un conjunto de organismos históricos que, como expresa Pandolfi, "salen a decir que no tenemos nada que resistir o que en la Argentina no se violan los derechos humanos, que están satisfechos porque los militares están en prisión. Pero lo cierto es que los argentinos se siguen muriendo de hambre. En una Argentina que es absolutamente rica se siguen muriendo chicos por desnutrición infantil, los hospitales públicos siguen sin tener elementos para atender, no hay trabajo, no hay educación. Y esos también son derechos humanos". Y agrega:"Ahora se está condenando a los milicos que secuestran y torturan, pero sigue sin solución eso que generó el levantamiento de la generación del 70".
Ante el horror de la dictadura y el desencanto de la democracia, un sector de los organismos de Derechos Humanos y parte de la sociedad no claudicaron. Por eso el dignificar la memoria mediante la lucha diaria y cotidiana contra los genocidas de ayer y de hoy y no sólo mediante discursos sino en acciones es patrimonio de ellos, y no de gobiernos de turno que continúan siendo los continuadores de la política represiva del Estado.
1) Crisis, Julio de 1987.
(2) Página 12, Junio de 1987.
Agradecemos los aportes de Graciela Daleo para la elaboración de esta nota.
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